Auto9 de septiembre de 2026
A-1236 de 2026
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Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicci�n suscitado entre el Juzgado 002 Civil del Circuito de Oralidad de Envigado y el Tribunal Administrativo de Antioquia, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 002 Civil del Circuito de Oralidad de Envigado conocer de la demanda promovida por la E.S.E. Hospital Manuel Uribe �ngel contra Coomeva EPS en liquidaci�n.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretar�a General, REMITIR el expediente CJU-7855 al Juzgado 002 Civil del Circuito de Oralidad de Envigado para lo de su competencia y para que comunique la presente decisi�n al Tribunal Administrativo de Antioquia y a los dem�s interesados. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado Ausente con excusa HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] CJU 7855, archivo digital � 071ED_17SUBSANADEMANDAPDFpdf �. [2] CJU 7855, archivo digital � 071ED_17SUBSANADEMANDAPDFpdf �. P�g. 33. [3] CJU 7855, archivo digital � 058ED_04DECLARAFALTACOMPETENCIAPDFpdf �. [4] CJU 7855, archivo digital � 1_AUTOENVIOAOTRODESPACHOPORCOMPETENCIAPDF � . [5] CJU 7855, archivo digital � 002_AUTOINADMITIENDOLADEMANDApdf � . [6] CJU 7855, archivo digital � 005_AUTORECHAZANDOLADEMANDApdf �. [7] CJU 7855, archivo digital � 008_AUTOADMISORIODELADEMANDA_Indice_19pdf � . [8] CJU 7855, archivo digital � 085Sentencia_44SentenciaContractupdf �. [9] CJU 7855, archivo digital � 090AutoAdmiteApelacionpdf �. [10] CJU 7855, archivo digital � 008Autoproponeco_018202200040RDPAGODEpdf � . [11] CJU 7855, archivo digital � 008Autoproponeco_018202200040RDPAGODEpdf � . [12] CJU 7855, archivo digital � 03CJU-7855 Constancia de Repartopdf �. [13] Aunque la Ley 2452 de 2025 derog� la Ley 712 de 2001 y el Decreto Ley 2158 de 1948, el art�culo 330 dispuso que los procesos iniciados antes de su entrada en vigor continuar�an tramit�ndose con arreglo a las normas procesales anteriores. [14] Corte Suprema de Justicia, Sala Plena, Auto APL4537-2022; Sala de Casaci�n Laboral, autos AL6009-2021 y AL2399-2021. Ver tambi�n Corte Constitucional, Auto 796 de 2024. [15] Tal como se explica en los autos 788 de 2021, 324 de 2023 y 1693 de 2023, entre otros. [16] Art�culo 2� del CPTSS, aplicable al presente proceso conforme al r�gimen de transici�n de la Ley 2452 de 2025: �La Jurisdicci�n Ordinaria, en sus especialidades laboral y de seguridad social conoce de: [�] 4. Las controversias relativas a la prestaci�n de los servicios de la seguridad social que se susciten entre los afiliados, beneficiarios o usuarios, los empleadores y las entidades administradoras o prestadoras, salvo los de responsabilidad m�dica y los relacionados con contratos [�]�. [17] Corte Suprema de Justicia, Salas Plena y de Casaci�n Laboral, autos APL4537-2022, AL6009-2021, AL2399-2021, APL985-2020, APL2208-2019 y APL2642-2017. Esta l�nea fue recogida en el Auto 796 de 2024 de la Corte Constitucional. [18] As� lo ha reconocido la Corte Constitucional en situaciones pasadas, como en el Auto 1701 de 2022.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.